Tras precisar que en el Estado de México hay 4 millones 568 mil 635 viviendas y sostener que cada dos horas se presenta una denuncia por despojo, Octavio Martínez Vargas, diputado de morena por el Distrito Electoral VI de Ecatepec, precisó que para hacer eficaz la impartición de justicia y sancionar con severidad a quien cometa dicha conducta delictiva, propone reformar el Código Penal del Estado de México.

Desde la tribuna del Congreso mexiquense y ante la presencia del señor Daniel Gutiérrez Reyes de 72 años y víctima de despojo de 18 viviendas, Martínez Vargas detalló que la primera de sus tres propuestas de reforma al Código Penal estatal busca erradicar la conducta delictiva que afecta el patrimonio de los mexiquenses.

Recordó que actualmente, el delito de despojo ya se encuentra tipificado, sin embargo, la redacción vigente no atiende a la realidad social actual y hay grupos organizados dedicados a despojar de los inmuebles a sus legítimos propietarios. 

De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre enero y febrero de 2025, se abrieron 861 carpetas de investigación por el delito de despojo, cifra que representa un incremento del 7% respecto a los mismos meses del año anterior, cuando se contabilizaron 804.

Dicho incremento resulta más alarmante, precisó, al compararse con enero y febrero del año 2019, cuando la suma arrojaba 512, datos que advierten que un crecimiento de 68 por ciento en seis años.

Objetivos de la propuesta:

Considerar al despojo como un delito grave; aumentar las penalidades cuando el despojo tenga como víctimas a personas adultas mayores o se lleve a cabo con violencia, engaños o mediante fraude.

Reducir los plazos para restituir la posesión del bien que fue objeto de despojo cuando se compruebe oportunamente, mediante inscripción registral, que la víctima ostenta legítimamente la propiedad o posesión del inmueble, a fin de garantizar una respuesta expedita y eficaz por parte del Estado.

La propuesta del diputado Octavio Martínez Vargas puntualiza que se aplicará una pena de cinco a diez años de prisión cuando el despojo se realice.

“En contra de una persona adulta mayor, con violencia física o mediante el rompimiento de cerraduras, el forzado de puertas o la intimidación, clandestinamente aprovechando la ausencia del poseedor o propietario legítimo, la ocupación se realizó con engaño o abuso de confianza, o se haga uso ilegítimo de la fuerza pública sin orden judicial válida o con documentos apócrifos”, artículo 308 bis.

“Cuando se inicie proceso penal por el delito de despojo y el denunciante acredite mediante inscripción registral vigente que es propietario o poseedor legítimo del bien inmueble, el Ministerio Público deberá solicitar al juez de control, en un plazo no mayor a 24 horas, la restitución inmediata y provisional de la posesión, sin necesidad de agotar juicio civil ni esperar sentencia definitiva”, artículo 308 ter.

Artículo que también añade:

“El juez resolverá en un plazo máximo de 48 horas y podrá autorizar el uso de la fuerza pública para ejecutar la restitución; la medida procederá salvo que el imputado acredite, de forma inmediata y fehaciente, un derecho real o posesión legítima inscrita anterior; la negativa injustificada del Ministerio Público a promover esta medida será sancionada conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México; cuando se acredite inscripción registral vigente a nombre del denunciante, la autoridad judicial deberá ordenar la restitución inmediata de la posesión del inmueble, sin necesidad de esperar sentencia definitiva”.

La segunda propuesta, precisó el diputado Martínez Vargas, hace referencia a la colocación de adhesivos alusivos a organizaciones sociales o partidos políticos en vehículos motorizados.

Dicha reforma, precisó, no solo trata de sancionar a quienes premeditadamente intentan burlar las disposiciones jurídicas aplicables, como la organización social autodenominada “los 300” y otras organizaciones afines a sindicatos y partidos políticos, sino de prevenir que este tipo de acciones se conviertan en un hábito que afecte la equidad y el respeto a las normas en la sociedad.

“Al que en un vehículo motorizado haga uso de adhesivos alusivos a organizaciones sociales o partidos políticos con la finalidad de evadir uso de placas de circulación, la verificación vehicular o el pago de la tenencia vehicular, se le impondrá una pena de uno a tres años de prisión y multa de 5 unidades de medida y actualización”, precisa la propuesta al Artículo 196 del Código Penal.

La tercera propuesta de modificación al Código dijo Martínez Vargas, aborda el tema de la retención ilegal de las cuotas del ISSEMyM.

Explicó que la operatividad y desempeño de dicho Instituto requiere que los entes públicos estatales y municipales entreguen en tiempo y forma las aportaciones correspondientes a las retenciones realizadas a los trabajadores.

Sin embargo, en la práctica se ha documentado que diversos entes, como el CUSAEM (corporación policíaca a la que el ISSEMyM le presta servicio a sus elementos policíacos), retienen cuotas, pero no las reporta y hoy esa corporación adeudan 4 mil millones de pesos de cuotas, denunció.

El diputado enfatizó que la negativa a enterar las cuotas al ISSEMYM constituye una conducta negligente que, más allá de las faltas administrativas que conlleva, también debe considerarse una conducta delictiva en tanto implica un abuso de la función pública y una afectación directa al patrimonio de los trabajadores.

Comete el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades.

“A la persona servidora pública que teniendo a su cargo la administración de cuotas de seguridad social de los trabajadores al servicio del Estado, de los municipios o de los Órganos constitucionales autónomos, no cumpla con la obligación de enterarlas al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios”, precisa la modificación al Artículo 340.

La propuesta fue turnada para su estudio y análisis a la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia.

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